¿Cuál es el porcentaje de descuento de renta según tabla para colaboradores de carácter permanente?

Según el decreto ejecutivo número 95 la tabla de renta serían las siguientes:

Tabla de Retención Quincenal

Desde Hasta % a Aplicar Sobre el Exceso de: Más Cuota Fija de:
I Tramo  $0.01 $236.00 Sin Retención
II Tramo $236.01 $447.62 10% $236.00 $8.83
III Tramo $447.63 $1,019.05 20% $447.62 $30.00
IV Tramo $1,019.06 En adelante 30% $1,019.05 $144.28

Tabla de Retención Mensual

Desde Hasta % a Aplicar Sobre el Exceso de: Más Cuota Fija de:
 I Tramo $0.01 $472.00 Sin Retención
II Tramo $472.01 $895.24 10% $472.00 $17.67
III Tramo $895.25 $2,038.10 20% $895.24 $60.00
IV Tramo $2,038.11 En adelante 30% $2,038.10 $288.57

¿Cómo se realiza el cálculo de aguinaldo?

El cálculo del aguinaldo los establecemos de la siguiente forma:

  • Las personas que tuviesen menos de 1 año de servicios para la empresa, tendrán un aguinaldo proporción al que hubiesen tenido en 1 año de laborar.

Ejemplo: si la persona fue contratada el 1 de junio de 2017 por un salario de $300.00, el cálculo sería el siguiente:

Salario devengado: $300.00 – $150.00 X 195 = $29,250.00 / 365 días = $80.13

Tiempo acumulado: 195 días

  • Las personas que tuviesen de 1 a 3 años de servicios para la empresa, tendrán un aguinaldo equivalente al salario de 15 días.

Ejemplo: si la persona fue contratada el 1 de junio de 2015 por un salario de $300.00 el cálculo sería el siguiente:

Salario devengado: $300.00 – $300.00 / 30 = $10.00 X 15 días = $150.00

Tiempo acumulado: 2 años 6 meses 12 días

  • Las personas que tuviesen de 3 a 10 años de servicios para la empresa, tendrán un aguinaldo equivalente al salario de 19 días.

Ejemplo: si la persona fue contratada el 1 de junio de  2010 por un salario de $300.00 el cálculo sería el siguiente:

Salario devengado: $300.00 – $300.00 / 30 = $10.00 X 19 días = $190.00

Tiempo acumulado: 7 años 6 meses 12 días

  • Las personas que tuviesen más de 10 años de servicios para la empresa, tendrán un aguinaldo equivalente al salario de 21 días.

Ejemplo: si la persona fue contratada el 1 de junio de  2006 por un salario de $300.00 el cálculo sería el siguiente:

Salario devengado: $300.00 – $300.00 / 30 = $10.00 X 21 días = $210.00

Tiempo acumulado: 11 años 6 meses 12 días

Nota: Dichos cálculos se encuentran establecidos en el Art. 198 del Código de Trabajo.